Llega el momento de la jubilación y esperas recibir esa pensión por la que has estado cotizando durante toda la vida laboral. Esas cotizaciones deberían garantizar que podamos retirarnos con el mismo nivel de vida que teníamos cuando estábamos en activo, tal como recomienda el Pacto de Toledo.
El sistema público de pensiones se basa en un sistema de reparto, el cual también es conocido con el nombre de solidaridad intergeneracional. Lamentablemente, la actual legislación de la Seguridad Social, al calcular la pensión a percibir por parte de la persona jubilada, tiene más en cuenta la edad en que se accede a la jubilación que los años de cotización y en consecuencia los años de contribución al “sistema de reparto”. Esta injusticia vulnera el principio de igualdad y la prohibición de discriminación del art. 14 de la Constitución. En efecto, esta injusta legislación provoca que personas jubiladas anticipadamente, pero habiendo cotizado durante 40 años o más, vean reducida su pensión, de por vida, entre un 12 y un 32%, mientras que personas con 36 años y 9 meses de cotización, jubiladas a los 65 años disfrutan del 100% de su pensión de jubilación. Este hecho es, a todas luces, discriminatorio, injusto y falto de sentido común.
Al desconocer el motivo por el cual se aplican los coeficientes reductores a personas jubiladas con largas carreras de cotización (40 años o más) y dado que dichas reducciones no se ajustan a los principios de contributividad, de equidad y de sentido común, solo cabe pensar que es una cuestión de clase social.
Las personas jubiladas anticipadamente, con 40 años o más de cotización, han empezado su vida laboral a una edad muy temprana (14, 15, 16 años) la gran mayoría para ayudar económicamente a su familia. Sin embargo, las personas que se jubilan con 65 años y habiendo cotizado 36 años y 9 meses, significa que han empezado a cotizar a los 30 años, la gran mayoría, seguramente, porque sus familias tenían posibilidades económicas para sufragar sus estudios. Esta es la diferencia: económica o de clase social. Por ello, entendemos que la aplicación de estos coeficientes reductores es claramente una medida CLASISTA. Es una discriminación por clase social, se protege a clases pudientes y se castiga y humilla a las clases humildes.
Una vez más, los políticos que elaboran las normas, actúan con flagrante falta de sensibilidad, equidad y justicia para con los trabajadores que tuvieron que comenzar su vida laboral a una edad muy temprana y que son los que más han contribuido, con su enorme esfuerzo, a la economía de este país.
En la reunión de la Comisión de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del Senado, celebrada el pasado 18 de octubre, tuvimos que oir como un Senador comentó: “La Seguridad Social es un sistema solidario, donde unos ganan y otros pierden”. Nosotros añadimos, a esa desafortunada frase que, lamentablemente, siempre pierden los mismos: los más humildes.
Ojeando los curriculum de los miembros del Gobierno, no extraña esa falta de empatía y sensibilidad en este tema ya que, la mayoría de los mismos, ha comenzado su vida laboral sobre los 30 años de edad y con nula experiencia en empresas privadas. No entienden, en consecuencia, lo que supone trabajar desde niños durante más de cuarenta años. Por otra parte, se han cuidado mucho de regirse por normas específicas y, por tanto, no están afectados por la falta de equidad y justicia de la legislación que afecta a la clase trabajadora.
https://contrainformacion.es/sistema-solidario-de-la-seguridad-social-en-realidad-siempre-pierden-los-mismos-los-mas-humildes/
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