La Sala de lo Social del TSJB ha condenado a AENA a reconocer como personal fijo a empleados que accedieron a la empresa mediante contratos temporales. En varias sentencias, la última de hace unas semanas, se recuerda a la empresa que, aunque sea de capital público se rige por los mismo principios que cualquier otra y que, en este caso, la fijeza o no de los trabajadores no está condicionada a las mismas limitacciones que operan para entrar en la función pública.
El TSJB señala que quien puede reclamar el acceso a una plaza en la administración en condiciones de igualdad, mérito y capacidad son personas afectadas por la falta de concurso: «Es más que dudoso que pueda invocarse por la propia sociedad pública que ha propiciado tal vulneración, cuando la finalidad perseguida no es la restauración de los derechos vulnerados sino el mantenimiento del fraude de ley en la contratación temporal»
https://www.ultimahora.es/noticias/local/2019/10/22/1115175/tribunal-superior-baleares-condena-aena.html
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