*La Agencia Estatal de Protección de Datos admite a trámite la reclamación interpuesta por la CGT*
De conformidad con el art.65.4 de la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, la CGT presentó reclamación ante esta Agencia por el tratamiento que Iberia está llevando a cabo bajo su interés legitimo, considerando que dicho tratamiento era de my bajo riesgo, y que lxs trabajadorxs habían sido suficientemente informados a través de la intranet ...corporativa.
Desde la CGT siempre hemos creído que la información que la empresa nos daba era escasa y no se ajustaba a la legislación vigente, por lo que a tenor de lo expuesto la Agencia Estatal de Protección de Datos ha procedido a admitir a trámite la reclamación que presentó la CGT.
Desde la CGT siempre hemos creído que la información que la empresa nos daba era escasa y no se ajustaba a la legislación vigente, por lo que a tenor de lo expuesto la Agencia Estatal de Protección de Datos ha procedido a admitir a trámite la reclamación que presentó la CGT.
Por todo ello y de conformidad con el artículo antes reseñado y garantía de los derechos digitales y a los efectos previstos en su artículo 64.2, la Dirección de la Agencia Española de Protección de Datos Acuerda:
Admitir a trámite la reclamación presentada por la CGT, por lo que el nuevo fichaje dactilar quedó interrumpido.
Admitir a trámite la reclamación presentada por la CGT, por lo que el nuevo fichaje dactilar quedó interrumpido.
Si luchas puedes perder, si no luchas ya has perdido.
CGT - Iberia
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