La sanción aplicada por infracción muy grave asciende a 25.000 euros y puede ser recurrida ante los tribunales por la compañía aérea - El acta abierta considera que se ha producido un evidente caso de discriminación por motivos de sexo
La compañía aérea Iberia considera que para que una mujer pueda entrar en su plantilla previamente debe de someterse a un test de embarazo. Está práctica, detectada en Balears, ha supuesto para esta empresa el tener que afrontar una multa de 25.000 euros por haber cometido una infracción muy grave vinculada a una evidente discriminación por motivos de sexo, según el acta elaborada por la Inspección de Trabajo en las islas y posteriormente respaldada por la Conselleria del ramo. Ahora la aerolínea tiene entre sus opciones el afrontar el pago de sanción o recurrirla ante los tribunales.
Este caso fue detectado en las islas hace aproximadamente un año, en el marco de las campañas de vigilancia realizadas por la Inspección laboral. Fruto de un control, se descubrió que entre las pruebas encargadas por Iberia a una empresa de trabajo temporal para la selección de personal se exigía a las candidatas para entrar en la bolsa de personal de esta compañía el que superaran pruebas médicas para determinar si estaban embarazadas. Esta exigencia se completaba con otras, como pruebas de esfuerzo o analíticas para descartar el consumo de drogas de los aspirantes, al margen de su género.
Requerida por la Inspección de Trabajo, la compañía aérea alegó que este test de embarazo se exigía a todas las mujeres aspirantes a entrar en la empresa y en toda España. La justificación esgrimida es que en el caso de confirmarse el embarazo, a estas candidatas se les aplicaría al incorporarse un protocolo de salud laboral fijado para estos casos y destinado a evitar labores que puedan conllevar un riesgo, como es el que una auxiliar de vuelo deje de prestar servicio en aviones durante ese periodo, por citar un ejemplo.
Sin embargo, esta justificación no es aceptada por la autoridad laboral. Porque según se esgrime desde la Inspección y la Conselleria, existe un requisito establecido por el que las trabajadoras deben de comunicar su embarazo cuando ya están contratadas, para así aplicar el citado protocolo, con la diferencia es que a partir de ese momento disponen de una protección especial. En concreto, una empresa no puede suspender su relación laboral con una mujer una vez que está ha informado de que espera un hijo, dado que ese despido sería declarado nulo.
El hecho de que la prueba de embarazo se exija por Iberia dentro del proceso de selección de personal es considerado por la Inspección como una patente discriminación por motivos de sexo y una vulneración del derecho a la igualdad, al interpretar que la intención no es otra que la de limitar el acceso a las embarazadas.
Hay que tener en cuenta que estas trabajadoras van a entrar en un plazo de baja por maternidad y van a tener derecho luego a una reducción de jornada para el cuidado de los hijos, lo que supone mayores costes para la empresa.
Además, se apunta que Iberia está reclamando datos de carácter estrictamente personal que no están relacionados con el trabajo que se va a desarrollar posteriormente y que no son necesarios en esa fase de la relación entre la empresa y el empleado. Se estima que lo que hace la aerolínea es fijar un requisito solo para las mujeres que obstaculiza su contratación y que la impide en el caso de las que se nieguen a pasar por él, una situación por la que no pasan los varones.
La cuantía de la sanción
Las sanciones por una infracción laboral muy grave van desde algo más de 6.000 euros hasta los 180.000 cuando existen agravantes como la reincidencia. En este caso, la multa reclamada es de 25.000 euros, y a la hora de fijarla se ha tenido en cuenta, como circunstancia agravante, la elevada cifra de negocio de la aerolínea, es decir, que la presunta vulneración de la normativa está siendo protagonizada por una gran empresa.
Esta expediente sancionador se produce en un momento en el que la vigilancia sobre la discriminación de mujeres en su contratación está siendo especialmente intensa. Hay que recordar que a principios del pasado año apareció en Galicia un anuncio que reclamaba para ocupar un puesto de camarera que la aspirante fuera una "chica trabajadora, responsable, guapa y un poco puta". Este caso generó una intensificación de la vigilancia.
En el caso de Balears, desde hace más de un año la conselleria de Trabajo, el servicio balear de empleo (Soib) y el Institut Balear de la Dona realizan controles sobre las ofertas de contratación que se publican, para vigilar que no haya contenidos sexistas, como exigir a las mujeres una edad o apariencia física determinada.
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