Así amañaron las petroleras el precio del combustible: "Pacto de no agresión. No se mueve"
El pacto del precio del combustible entre las
principales petroleras del país es ya un caso abierto en la Audiencia
Nacional. Para incoar diligencias, el juez Fernando Andreu se apoya en
la información reservada del regulador, que en un informe confidencial
reflejó la nota incautada en 2013 al director de la Red de Estaciones de
Servicios de Cepsa: “Pacto de no agresión. No se mueve. Argumento de
protección del precio en estaciones para no competir a la baja. No se
puede firmar”.
El 3 de septiembre, Andreu dictó un auto
en el que se declara competente para investigar un presunto delito de
alteración de los precios del mercado, recogido en el artículo 284 del
Código Penal. El juez admitía a trámite la querella presentada por una
asociación de consumidores alicantina y otra de Manos Limpias, al tiempo
que imponía la condición de querellados a Repsol, Cepsa, Disa, Meroil y
Galp, así como a los máximos responsables de las citadas compañías. En
la misma resolución advertía que todos ellos serían citados a declarar
en la Audiencia Nacional.
Por los mismos hechos, la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) multó en febrero con 32,4 millones
de euros a las citadas petroleras. Competencia consideró probado que
las compañías habían incurrido en intercambio de información, pacto de
no agresión y coordinación comercial en materia de precios. Para adoptar
la decisión se sirvió de los correos electrónicos y notas incautadas
durante los registros efectuados por la Comisión Nacional de
Competencia, su antecesora, en la primavera y el verano 2013. Esos
mensajes y notas fueron incorporadas al citado informe confidencial y
ahora son parte de la causa que instruye Fernando Andreu en la Audiencia
Nacional.
En 27 de diciembre de 2012, el director
general de Meroil escribió un correo electrónico al director de
Relaciones Institucionales de Disa quejándose de la diferencias de
precio en la gasolina de 95 octanos. El representante de Disa quería
saber si se trataba de un error o es “política de competencia”. Ese
mismo día, dos después de la Navidad, recibe la siguiente respuesta:
“Creo que es que hoy vamos lentos con los cambios por la resaca”.
Antonio Brufau (Repsol) y Soria (mº.industria) |
Para Competencia, el mensaje es “esclarecedor”, más si
cabe con la respuesta recibida dos meses más tarde del director de
Meroil. Bajo el título “Evolución de márgenes”, escribía en el correo
electrónico: “Te adjunto la información que me solicitaste”, y
presentaba una tabla con las cifras correspondiente al periodo que va de
julio de 2012 a enero de 2013, así como el valor medio de los
carburantes.
El expediente S/0484/13 de Competencia
considera probado que hubo un “pacto de no agresión” entre Cepsa y
Respol en el verano de 2011, cuando más desplazamientos se hacen por
carretera. Se trataba, según la CNMC, de que no hubiera “acciones de
injerencia” de la una en las estaciones “abanderadas” por la otra, esto
es, en las gasolineras que sin pertenecer a la petrolera actúan como una
especie de franquicia.
El expediente concluye que
las dos petroleras estuvieron tres años, entre 2011 y 2013
intercambiándose información “estratégica” sobre las estaciones de
servicio que son gestionadas por una de ellas, y “abanderadas y
suministradas en exclusiva” por la otra operadora.
Esta es otra de las notas que los inspectores de Competencia requisaron
al director de la red de gasolineras de Cepsa: “Había que quitar la
promoción de todas las estaciones de Ceuta porque en una reunión alguien
de Disa le había dicho que si no la quitábamos ellos (en referencia a
Disa) empezaría también a hacer algo parecido y empezaríamos una especie
de guerra de precios que no beneficia a nadie”.
Se
trata de un acuerdo para pactar los precios en la ciudad de Ceuta en
julio de 2013 entre Cepsa y Disa. Esta última es la petrolera de la
familia Carceller, propietaria de un imperio empresarial gestado por el
ministro filonazi de Franco Demetrio Casteller y que hoy incluye, entre
otras grandes firmas, a la cervecera Damm. Al frente del emporio está
Demetrio Carceller Arce, quien junto a su padre, Demetrio Carceller
Coll, se sentarán en julio en el banquillo de la Audiencia Nacional por fraude fiscal y blanqueo, en el marco de otra investigación.
"Efecto lunes"
La investigación de Competencia,
que ahora sigue la Audiencia Nacional, incluye el intercambio de
información entre Disa y Meroil para las gasolineras de Sant Joan Despí
(Barcelona) y alrededores en 2013. En mayo de ese año, la Comisión
Nacional de la Competencia (CNC) ya había redactado varios informes que
ponían de manifiesto “la falta de competencia en el sector de los
combustibles de automoción en España”. Se había producido una fuerte
subida de la gasolina mientras los países del entorno ofrecían gasolina
más barata que en España y las denuncias y consultas se acumulaban en la
CNC.
La Comisión Nacional de Energía (ahora también
integrada en Competencia) había emitido un informe el 17 de mayo en el
que aseguraba que los operadores estaban aplicando “una estrategia de
fijación de precios común” de 9 céntimos el litro entre la gasolina 95 y
el gasóleo A. La Comisión Nacional de Energía llegó a calificar sus
consecuencias como “efecto lunes”, de tal modo que los precios bajaban
coordinadamente el primer día de la semana y repuntaban el martes.
Para el juez Andreu, de la información recopilada por Competencia se
derivan indicio de delito "al constatarse la existencia de pactos
ilícitos en perjuicio de los consumidores, mediante la alteración de los
precios que hubieren resultado de la libre competencia entre las
diferentes operadoras en el mercado de venta de combustible”. Estas
cinco operadoras representan el 68% del volumen de negocio de las
gasolineras en España y el 72% de las ventas.
Así las
cosas, Andreu deja en situación de querellados a Repsol, Cepsa, Disa,
Meroil y Galp, como personas jurídicas. Como personas físicas, mantienen
por ahora esa condición Josu Jon Imaz, consejero delegado de Repsol;
Khadem Al Qubaisi, presidente de Cepsa; Raimundo Baroja Rieu, consejero
delegado de Disa; y José Luis Porte Solano, presidente de Meroil. La
Fiscalía solo respaldó que se investigara a las empresas, sin mencionar
en sus escrito la responsabilidad de las personas jurídicas.
El querellado es una figura jurídica que debe nombrar abogado defensor y
procurador, al igual que el imputado. Es un recurso que ya utilizó
Andreu cuando citó a declarar a Miguel Blesa y otros miembros de la
cúpula de Caja Madrid en la pieza de las preferentes, dentro del caso
Bankia, y su fin es disminuir la denominada 'pena de telediario' o carga
pública de culpabilidad que conlleva la citación.
Las petroleras se defienden
La potente
maquinaria de las petroleras ya se ha puesto en marcha para archivar la
causa cuanto antes. “No existe el más mínimo indicio delictivo contra mi
mandante, ni contra la sociedad de la que era consejero delegado, ni
contra el resto de empresas que fueron investigadas en la información
reservada S/0474/13”, asegura en su recurso la defensa del consejero
delegado de Disa, Raimundo Borja Rieu.
La petrolera
dice que el caso es fruto de “una investigación prospectiva”
materializada en las entradas y registros de las empresas, contra las
que no había “el más mínimo indicio”. En cualquier caso, añade Disa, los
hechos investigados en ningún caso tendrían trascendencia penal y se
limitarían, de demostrarse, a “una cuestión meramente administrativa”.
Repsol coincide en su recurso en que los hechos investigados no son
constitutivos de delito y su defensa añade que, en cualquier caso, la
petrolera no participó en los mismos. Fue una actividad desarrollada por
su filial Repsol Comercial de Productos Petrolítiferos, según defiende
el letrado. La sanción a la matriz, añade Repsol, es “francamente
cuestionable en el ámbito administrativo (de hecho se encuentra
pendiente de resolución el recurso) y es absolutamente inimaginable en
el procedimiento penal”.
Entre los recursos de los
querellados está el del expresidente del PNV Josu Jon Imaz, quien se
considera agraviado en comparación con otros consejeros delegados de las
empresas en el proceso que no están en su situación. “Josu Jon Imaz no
solo no ha tenido participación en las conductas , sino que ni siquiera
ocupaba el citado puesto en las fechas en las que supuestamente habrían
sucedido los hechos”, alega su defensa. Imaz fue nombrado consejero
delegado de Respol en abril de 2014. Hasta ese momento, el cargo no
existía y el máximo responsable era Antoni Brufau, que sigue siendo el
presidente de la compañía.
En su punto 1, el artículo
284 del Código Penal establece que se impondrá la pena de prisión de 6
meses a dos años, o multa de 12 a 24 meses, a aquellos que “empleando
violencia, amenaza o engaño, intentaren alterar los precios que hubieren
de resultar de la libre concurrencia de productos, mercancías, títulos
valores o instrumentos financieros, servicios o cualesquiera otras cosas
muebles o inmuebles que sean objeto de contratación, sin perjuicio de
la pena que pudiere corresponderles por otros delitos cometidos”.
http://www.eldiario.es/economia/amanaron-petroleras-combustible-Pacto-agresion_0_450055139.html
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