13 mar 2018

Más de 100 periodistas se solidarizan con el TCP de Iberia, Patxi Zamora

La arbitrariedad, dado que nadie oficialmente se ha dignado a dar explicación alguna al respecto, no parece que vaya a quedar impune totalmente en el caso del TCP de Iberia, Patxi Zamora, al que le fué retirada su autorización para el acceso a su puesto de trabajo, aún no se sabe debido a qué exactamente. Por ello más de 100 periodistas pertenecientes a 20 medios y gabinetes de comunicación, entre los que se incluyen 8 radios, 3 televisiones y una docena de medios escritos, apoyan un Manifiesto “a favor de la libertad de expresión y el periodismo comprometido”. La única explicación para la retirada de la autorización acceso al Lado Aire a Zamora, con los datos disponibles a día de hoy, es que se trata de un “ajuste de cuentas” por sus publicaciones de un caso de corrupción relacionado con la ya extinta Caja de Ahorros de Navarra. En el Manifiesto se señala que se trata de “una víctima de un caso de corrupción que afecta a nuestro derecho a informar”.
 
Resultado de imagen de patxi zamora iberiaEL MANIFIESTO
La Declaración Internacional de los Derechos Humanos, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 , consagra en su artículo 19 el derecho a la libertad de expresión como uno de los derechos fundamentales de las personas:
“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión;este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión ” .
– En el actual Ordenamiento Jurídico del Estado es el artículo 20 de la Constitución Española el que reconoce y protege específicamente este derecho en varias acepciones:
a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c) A la libertad de cátedra.
d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
– El derecho a la información, entendido como “el derecho de una persona de buscar y recibir información en poder del gobierno u administraciones públicas” se r econoce asimismo como un derecho fundamental que emana del derecho a la libertad de expresión y que se entiende como “un mecanismo que garantiza la rendición de cuentas del Estado” para el “desarrollo pleno de una sociedad democrática”. Este derecho, a dif erencia de en otros países, no está aún regulado a través de una legislación específica en el Ordenamiento Jurídico Español.
El respeto a ambos derechos fundamentales es el que regula y ampara, en esencia, la libertad de prensa y, por extensión, el ejer cicio de la profesión periodística.
– La vulneración de alguno de estos derechos fundamentales por parte de cualquier poder y muy especialmente por parte de un poder público, implica un ataque intolerable a los pilares esenciales de un Estado democrático y, por tanto, su denuncia ha de ser una prioridad.
– La vulneración de alguno de estos derechos fundamentales ha de entenderse igualmente como un ataque directo, censurable, denunciable y absolutamente condenable a la profesión periodística.
Partiendo de estas premisas y en relación al despido de nuestro compañero Patxi Zamora, los y las abajo firmantes entendemos:
1 – Que hasta que la empresa que lo ha despedido y el Cuerpo Policial que lo ha posibilitado no demuestren lo contrario, hemos de entender que ese despido, sin un expediente ni una justificación formal comunicada, se ha debido a la labor desarrollada por Patxi como portavoz y miembro del equipo de investigación periodística de la Asociación de Contribuyentes y Consumidores Kontuz, así como por s u papel de coautor de “El Banquete, expolio y desaparición de la CAN”.
2 – Que tal despido supone, además de una decisión arbitraria que deja a Patxi Zamora en una situación de absoluta indefensión a nivel laboral, un ataque a la libertad de expresión y a la libertad de comunicación en la medida que sólo parece justificarse por la labor periodística y de investigación desarrollada por nuestro compañero en la citada asociación.
3 – Que debemos denunciar tal comportamiento ya que supone la vulneración de derechos fundamentales y de los principios que rigen la profesión periodística.
4 – Que hemos de exigir la rectificación de las decisiones que han llevado al despido de Patxi Zamora y, por tanto, su readmisión inmediata. Así mismo exigimos una investigación en profundi dad de todos los detalles que han posibilitado este atropello y la depuración de las posibles responsabilidades que pudieran desprenderse.
5 – Que a través de la presente declaración mostramos toda nuestra solidaridad y respaldo hacia nuestro compañero Patxi Zamora.
http://aviaciondigital.com/mas-de-100-periodistas-se-solidarizan-con-el-tcp-de-iberia-patxi-zamora/

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