7 abr 2013

GALERIA DE BUITRES LXXVIII


La Sala Civil del Supremo ha desestimado el recurso del Arzobispado de Valencia contra la sentencia que le condenó a devolver a la familia del donante todo el dinero obtenido con la compraventa de los terrenos, más los 345.402 euros que el mismo fiel les dio en efectivo en limosnas a lo largo de su vida, y otros bienes, acciones y derechos recibidos tras su muerte en cuantía de 120.000 euros. Todo ello con los intereses legales de las cantidades en metálico que deben ser reintegradas, desde la fecha de la donación, si derivan de aquella, y desde la fecha del fallecimiento del testador, las relativas a los bienes heredados.
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El 13 septiembre 1993, José Pascual, que no tenía hijos ni otros herederos forzosos, otorgó testamento abierto en el que instituyó como único y universal heredero de sus bienes al Arzobispado de Valencia, si bien determinando el destino de dichos bienes a la construcción de un futuro complejo parroquial dedicado a San Jerónimo Hermosilla.
En concordancia, el 28 septiembre del mismo año, ambas partes convinieron en documento privado, un contrato o compromiso de donación de dos solares, referenciados ya en el testamento, en favor de la Archidiócesis de Valencia, así como la donación de una cantidad de dinero, que se reconoce ya entregada; todo ello, con idéntico destino en orden a la construcción del templo y sus anejos para actividades pastorales.
El 22 octubre de 1993, José Pascual otorgó escritura pública de donación de la parcela de terreno, integrada por los anteriores solares, en favor del Arzobispado de Valencia. La donación es calificada de pura y simple, si bien respecto de la petición de excepciones fiscales se expresa que la finca donada se destinaría a la construcción de un templo.
José Pascual falleció el 3 febrero 1996, procediéndose posteriormente por el Arzobispado de Valencia a la venta de dicha parcela a una constructora de viviendas.
http://tarcoteca.blogspot.co.uk/2013/04/cuando-los-cuervos-rondan-el-supremo.html#!/2013/04/cuando-los-cuervos-rondan-el-supremo.html

http://www.publico.es/453208/el-supremo-condena-a-la-iglesia-por-especulacion-urbanistica

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