Los trabajadores han decidido por unanimidad convocar Huelga indefinida, que comenzará el dia 24 de enero de 2013 a las 23:00 horas.
Debido al Expediente de Regulación de Empleo extintivo de 54 trabajadores y por incumplimientos continuados de Acuerdos en el Centro de trabajo Aeropuerto Madrid Barajas Terminales 1-2-3, los trabajadores de dicho centro han decidido por unanimidad convocar Huelga indefinida, que comenzará el dia 24 de enero de 2013 a las 23:00 horas.
Decir que la representación social, manifiesta su más rotundo rechazo al ERE presentado por la empresa y pide su retirada inmediata.
Cuando la empresa PILSA se hizo cargo del contrato del servicio de limpieza de las intalaciones del Aeropuerto Madrid-Barajas T,-l-2-3, asumió un total de plantilla de 326 trabajadores, quedando en la actualidad únicamente en torno a unos 270 trabajadores, lo que ha supuesto una reducción de la plantilla próximo al 17%, sin que dicha medida se haya basado en una reducción del presupuesto del contrato.
La medida que ahora quiere adoptar, es despedir a 54 trabajadores, lo que supone una reducción de la plantilla del 20%, arroja que en el acumulado se haya procedido a amortizar los puestos de trabajo en un porcentaje próximo al 17%, con lo que se demuestra que lo pretendido por la empresa ya no es tan obvio.
Además, las nuevas condiciones de la prorroga del mismo expediente pactadas voluntariamente por PILSA con el cliente (AENA) solo modifican la reducción económica del 20% de la adjudicación y la garantía para la empresa de una menor penalizacion, en ningún caso imponen la disminución de frecuencias de limpieza y mucho menos la disminución de la plantilla. En este sentido la causa económica aducida no es provocada unilateralmente ni impuesta por el cliente, sino que es provocada y aceptada por la propia empresa sin que hubiera obligación alguna.
Unido a esto, la causa productiva tampoco tiene sentido, ya que las cifras de pérdidas que se aducen en el ERE, no son generadas por menor venta o mayores gastos, sino que son generadas única y exclusivamente por la deficiente prestación del sevicio por parte de la empresa, ya que esos menores ingresos se deben a las penalizaciones impuestas por el cliente.
Para terminar, lo que parece que se pretende por parte del cliente y de la empresa es traspasar buena parte de las penalizaciones por falta de calidad (debida en la mayor parte a la falta de personal) a una disminución directa del contrato y despedir a 54 trabajadores, ya que la empresa se ha garantizado una minoración importante de las posibles penalizaciones futuras.
Antonio Guzmán Redondo, Secretario de Organización de la FELM del Sindicato de Limpiezas, Mantenimiento y Medio Ambiente, CGT. y presidente del Comité de Centro PILSA, manifiesta que tanto los trabajadores del Centro como los Representantes Legales de los Trabajadores, no están dispuestos a aceptar despidos, ni canjear puestos de trabajo por recortes salariales ni derechos laborales, ya que según lo expuesto se considera que el 20% de bajada del presupuesto para el servicio de limpieza en el Aeropuerto Madrid Barajas T,l-2-3, que PILSA firma voluntariamente, no debe de recaer única y exclusivamente en los trabajadores.
http://tercerainformacion.es/spip.php?article46542
Decir que la representación social, manifiesta su más rotundo rechazo al ERE presentado por la empresa y pide su retirada inmediata.
Cuando la empresa PILSA se hizo cargo del contrato del servicio de limpieza de las intalaciones del Aeropuerto Madrid-Barajas T,-l-2-3, asumió un total de plantilla de 326 trabajadores, quedando en la actualidad únicamente en torno a unos 270 trabajadores, lo que ha supuesto una reducción de la plantilla próximo al 17%, sin que dicha medida se haya basado en una reducción del presupuesto del contrato.
La medida que ahora quiere adoptar, es despedir a 54 trabajadores, lo que supone una reducción de la plantilla del 20%, arroja que en el acumulado se haya procedido a amortizar los puestos de trabajo en un porcentaje próximo al 17%, con lo que se demuestra que lo pretendido por la empresa ya no es tan obvio.
Además, las nuevas condiciones de la prorroga del mismo expediente pactadas voluntariamente por PILSA con el cliente (AENA) solo modifican la reducción económica del 20% de la adjudicación y la garantía para la empresa de una menor penalizacion, en ningún caso imponen la disminución de frecuencias de limpieza y mucho menos la disminución de la plantilla. En este sentido la causa económica aducida no es provocada unilateralmente ni impuesta por el cliente, sino que es provocada y aceptada por la propia empresa sin que hubiera obligación alguna.
Unido a esto, la causa productiva tampoco tiene sentido, ya que las cifras de pérdidas que se aducen en el ERE, no son generadas por menor venta o mayores gastos, sino que son generadas única y exclusivamente por la deficiente prestación del sevicio por parte de la empresa, ya que esos menores ingresos se deben a las penalizaciones impuestas por el cliente.
Para terminar, lo que parece que se pretende por parte del cliente y de la empresa es traspasar buena parte de las penalizaciones por falta de calidad (debida en la mayor parte a la falta de personal) a una disminución directa del contrato y despedir a 54 trabajadores, ya que la empresa se ha garantizado una minoración importante de las posibles penalizaciones futuras.
Antonio Guzmán Redondo, Secretario de Organización de la FELM del Sindicato de Limpiezas, Mantenimiento y Medio Ambiente, CGT. y presidente del Comité de Centro PILSA, manifiesta que tanto los trabajadores del Centro como los Representantes Legales de los Trabajadores, no están dispuestos a aceptar despidos, ni canjear puestos de trabajo por recortes salariales ni derechos laborales, ya que según lo expuesto se considera que el 20% de bajada del presupuesto para el servicio de limpieza en el Aeropuerto Madrid Barajas T,l-2-3, que PILSA firma voluntariamente, no debe de recaer única y exclusivamente en los trabajadores.
http://tercerainformacion.es/spip.php?article46542
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