La seguridad y salud en el trabajo es un asunto de capital importancia. Aun así, es una temática ignorada y silenciada en la prensa, televisión y los telediarios. Además, rara vez es tratado en el cine. Pese a ello, según la OIT, cada día mueren 6.400 trabajadores a causa de accidentes laborales o enfermedades profesionales, lo que supone la terrorífica cifra de 2,3 millones de muertes cada año. Aun tenemos reciente lo ocurrido el 24 abril de 2013, cuando murieron 1129 personas tras el incendio y derrumbe de un edificio de fábricas textiles en Bangladesh en donde se trabajaba en condiciones insalubres.
Pese a la gravedad del problema, no existen suficientes campañas sociales, oficiales y de calidad para prevenir los accidentes laborales. Cada 28 de abril se “celebra” el día Internacional de la Salud Laboral, pero con escasa repercusión mediática, social e interés gubernamental. La seguridad en el trabajo no suele ser una prioridad en la agenda de los gobiernos, y tampoco es objeto de debate público, político o social. La palabra accidente se asocia con carretera o vehículo, pero no suele relacionarse con trabajo. Es preocupante el desconocimiento y escasa concienciación sobre ello, pese a que la siniestralidad laboral esté aumentando, con el consiguiente drama y sufrimiento humano y familiar que conlleva.
Nuestra historia sobre siniestralidad laboral es terrible. En el franquismo la “cultura preventiva” era prácticamente inexistente, y las estadísticas de accidentes eran espantosas. En 1973 hubo 2.680 muertos a causa de accidentes laborales, cifra desconocida desde 1904 [1]. Hubo siniestros terribles que eran silenciados. Uno de los peores ocurrió el 22 de octubre de 1965, cuando alrededor de 60 trabajadores murieron tras la rotura de una presa propiedad de Hidroeléctrica Española, en Monfrague (Caceres). Pese a las innegables mejoras, en las últimas décadas se han conocido altas tasas de mortalidad laboral (casi siempre por encima de 1000 personas entre 1966 y 2003), con algunos episodios dramáticos, como el accidental laboral con 18 trabajadores muertos por un incendio en un astillero de Valencia en julio de 1997. El 14 de agosto de 2013 murieron 9 trabajadores por una explosión en la factoría de Repsol de Puertollano, debido a gases indebidamente almacenados. Ese año Repsol fue condenada por el Tribunal Supremo por otro accidente en Puertollano en 1996, a causa de incumplimientos en medidas de seguridad, que causó la muerte de 4 trabajadores.
Pese a las incuestionables mejoras que se han conseguido en los últimos 40 años, los accidentes laborales graves e incluso mortales están a la orden del día. El pasado 21 de noviembre, un trabajador de una subcontrata de ADIF murió electrocutado mientras fumigaba una vía del AVE [2]. Días antes, una explosión en una fábrica textil de Crevillent (Alicante) provocó cuatro heridos por quemaduras, dos de ellos graves [3]. En octubre, en Vallecas, dos trabajadores de mantenimiento del AVE fueron heridos de gravedad por una descarga eléctrica que les causó importantes quemaduras. Ese mismo mes, un terrible accidente laboral en Valencia tras la caída de una prensa hidráulica se saldó con cuatro trabajadores heridos con amputaciones de manos y dedos [4]. El pasado 19 de septiembre moría un trabajador en Meco (Madrid) por aplastamiento, y con este accidente ya eran 55 los trabajadores muertos en accidentes laborales en lo que iba de año solo en la Comunidad de Madrid [5]. Ese mes hubo un muerto y varios heridos en un dramático derrumbe en el Hotel Ritz. El pasado 28 de agosto, en Vitoria murió una cartera de Correos durante el reparto en moto. Ese día, moría un trabajador de Michelin, que había quedado en coma tras sufrir un accidente laboral. El 29 de noviembre de 2017 murieron dos trabajadores en dos accidentes laborales distintos, unos en Villaverde y otro en Alcorcón [6]. El 7 de julio de 2017 un coreógrafo del Mad Cool moría tras una brutal caída, delante de cientos de personas. Pese a ello, el festival continuó celebrándose, lo que provocó posteriormente protestas a las puertas de la Caja Mágica.
Los estudios oficiales indican que existe una tendencia ascendente en los últimos años en el número de accidentes de trabajo. Entre 2012 y 2015 los accidentes laborales aumentaron un 12,3% [7]. En el año 2017 se registraron 596.606 accidentes con baja en todo el estado, un 5,4% más que en 2016. Los accidentes graves registrados en 2017 alcanzaron la cifra de 3.904, lo que es 247 más que en 2016. La estadística de accidentes de trabajo del año 2017 también indica que hubo 496 muertos en accidentes de trabajo, frente a los 447 que hubo en el año 2013, y 467 en 2014. Más datos demuestran un aumento de la problemática de la siniestralidad laboral. La media de días de duración de las bajas por accidente de trabajo se sitúa en los 31,1 días, frente a los 21,8 del año 2008.
Repasando datos del año 2017 encuentras que la Industria Manufacturera, es el sector con mayor número de accidentes en jornada y con baja, y que Transporte y Almacenamiento, es el sector con más accidentes mortales en jornada. En lo que a índice de incidencia se refiere, las industrias extractivas es el sector con más accidentes. Esto nos indica que pese a que el sector de la Construcción sigue teniendo altas tasas de siniestralidad laboral (y en aumento desde 2013), hay otros sectores con niveles muy preocupantes. A nivel geográfico, Catalunya es la Comunidad Autónoma con más accidentes laborales en jornada con baja, y Andalucía la Comunidad Autónoma con más accidentes laborales mortales en jornada durante el año 2017. Hay más datos que son preocupantes, según el Observatorio de Trabajo y Modelo Productivo de la Generalitat, los accidentes laborales con baja en Catalunya crecieron un 25,4% entre 2013 y 2018. Por otro lado, la siniestralidad laboral en la Comunidad de Madrid, solo entre los meses de enero y mayo de 2018, ha supuesto 40.057 accidentes laborales con baja, un 8,3% mas que en el mismo periodo de 2017. Los datos disponibles de 2018 entre los meses de enero y septiembre también ratifican una tendencia en aumento. En este periodo se han registrado 451.677 accidentes con baja, un 3,7% más que en el mismo periodo del año anterior. Han aumentado los accidentes graves, y en los primeros 9 meses del año han muerto 368 trabajadores en accidentes de trabajo. Son cifras que deberían causar un gran escándalo y una profunda reflexión.
Por otro lado, la realidad es aún peor, por lo que las estadísticas oficiales sobre accidentes de trabajo se deben manejar con cautela. Resultan engañosas debido a que no reflejan todos los accidentes, a causa de que en numerosas ocasiones las mutuas se niegan a reconocer accidentes de trabajo. Además, en caso de reconocerlos se esfuerzan en preferentemente catalogar los accidentes como leves. Cuando una mutua no reconoce un accidente laboral, el trabajador debe solicitar una determinación de contingencia a la Seguridad Social, quien puede obligar a una mutua a reconocer un accidente. También hay regularmente numerosos juicios y sentencias debido a pleitos contra las mutuas por su negativa a reconocer accidentes laborales. Es muy difícil e incluso imposible encontrar estadísticas e información fiable sobre ello. No sabemos cuántos accidentes laborales no son reconocidos cada año por las mutuas, las veces que la Seguridad Social obliga a las mutuas a reconocer accidentes, o cuantas sentencias judiciales existen relacionadas con estos casos. Para colmo, la patronal suele reclamar más poder a las mutuas, y lo han conseguido con la Ley de Mutuas 34/2014 aprobada por Rajoy, que da competencias a las mismas mutuas en enfermedades comunes. Resulta un escándalo, y a su vez un problema ampliamente desconocido. Pese a que las mutuas no deben tener ánimo de lucro, sabemos que lo tienen, y que son dirigidas por directivos de grandes empresas, y no del sector de la sanidad, sino de los más variados: El Corte Ingles, Ford, Danone, Renault, etc. En sus órganos de gobierno no hay “personas independientes”, sino directivos empresariales y una lógica de interés privado y búsqueda del máximo beneficio.
Normativa de prevención y siniestralidad laboral
El artículo 40.2 de la Constitución Española de 1978, establece que: “Los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesionales; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo y garantizarán el descanso necesario, mediante la limitación de la jornada laboral, las vacaciones periódicas retribuidas y la promoción de centros adecuados”. Este artículo, como tantos otros relacionados con derechos sociales, a veces cae en papel mojado. Ha costado conseguir un desarrollo legislativo en la materia. Las Ordenanzas de Seguridad e Higiene en el Trabajo del franquismo aprobadas en 1971, continuaron vigentes durante un largo periodo de tiempo, pese a la urgencia y necesidad de una sustitución legislativa. El PSOE prometió 1983 una ley de prevención de riesgos laborales, pero no se aprobó hasta 1995, 17 años después de haberse aprobado la Constitución. La nueva ley entró en vigor el 10 de febrero de 1996. Hemos conocido un gran retraso en normativa sobre prevención en comparación con otros países europeos, y de hecho España se ha enfrentado a procedimientos de infracción y condenas por tardanza en aplicar disposiciones europeas sobre prevención.
Tras la aprobación de la LPRL se aprobaron números decretos y disposiciones relativas a seguridad y salud en el trabajo. Además, el Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo pública periódicamente Notas Técnicas de Prevención, cuyo contenido y recomendaciones suelen ser muy elaboradas e interesantes. El problema es que son recomendaciones que no son de obligatorio cumplimiento por parte de las empresas, por lo que se suele hacer caso omiso de ellas por parte de la patronal. Incluso cuando hablamos de leyes y normativas las resistencias para aplicarlas son habituales. Las reticencias empresariales para paralizar la producción a la hora de interpretar que es un riesgo grave e inminente, son enormes. La LPRL establece que la negativa del empresario a adoptar las medidas propuestas por un delegado de prevención debe ser motivada. Algo que en realidad no ocurre, dado que se suelen denegar sin mucha argumentación. Las empresas suelen mostrar poco interés los comités de seguridad y salud, formados por delegados de prevención de sindicatos y un número similar de representantes de la empresa, cuya presidencia suele ejercerla la propia empresa. Suelen resistirse a fomentar una política preventiva de calidad. Creen que es “abrir la caja de pandora” y que la inversión no amortiza los costes. En las empresas suelen primar los criterios productivos frente a los preventivos, y solo suelen aceptar medidas preventivas significativas siempre y cuando estén claramente obligados por ley, y sobre todo no moleste al proceso productivo y a los ritmos de trabajo. Rara vez se evalúan y previenen los riesgos y factores psicosociales desfavorables (estrés postraumático y crónico, ansiedad y depresión, burnout, apatía, aburrimiento, fatiga, tristeza, baja autoestima, sentimientos de culpa, vergüenza, irritabilidad, mal genio, agresividad, tensión, nerviosismo...). En definitiva la cultura de la patronal española sobre prevención deja mucho que desear. De hecho, suelen preferir invertir en publicidad, relaciones públicas, y en abogados para eludir responsabilidades y pago de indemnizaciones.
A nivel general los incumplimientos en determinados aspectos de normativas de prevención quedan impunes, y en demasiados casos hablamos de incumplir las precauciones más elementales. Los mecanismos legales para enfrentarse a esta situación dejan mucho que desear. Se debe poner una denuncia a la inspección de trabajo provincial, que debido al escaso número de inspectores y su carga de trabajo, podrá investigar los hecho meses después, cuando el daño ya este hecho, y los trabajadores han continuado expuestos a determinados riesgos. Incluso dada la precariedad, cuando el inspector comienza a investigar algún abuso, algunos trabajadores ya no estarán en la empresa porque se les acabo su contrato temporal. Si denuncias una situación de altas temperaturas en verano en un centro de trabajo, la inspección comenzara investigar en otoño o en invierno, y algo parecido ocurre si denuncias exposición a bajas temperaturas en invierno, ya que la inspección contestará en verano. ¿Alguien se imagina que llames a la grúa, bomberos o policía y te respondan meses después? Sería impensable, pero es algo natural con la inspección de trabajo en el ámbito laboral. Es un sistema que beneficia únicamente a la patronal. La penalización y sanción en el ámbito laboral es un proceso lento, burocrático y, a veces, inexistente. Algo que contrasta por ejemplo con las normativas de tráfico, y la capacidad de que te multen al acto por la mínima infracción. Aun en los casos en los que finalmente se produce una sanción, en numerosas ocasiones hay empresas que prefieren pagar multas a cumplir con determinadas normativas. De esta manera, si queremos actuar contra empresas que incumplen la normativa como hábito, se deberían plantear abiertamente intervenciones gubernamentales más decididas ante incumplimientos empresariales reiterados, como la expropiación de la misma empresa.
Precariedad y siniestralidad laboral
La patronal y los gobiernos insisten en que lo importante es facilitar la creación de empleo. El aumento o disminución del paro suele ser objeto de atención a niveles cuantitativos, y acapara cierta atención en las noticias. Poco interés se presta a lo demás. Da igual que el empleo existente o el que sea crea sea precario. No se analiza con determinación si la siniestralidad laboral aumenta o disminuye. No se suele señalar que el vínculo entre precariedad, condiciones de trabajo y accidente laboral es muy estrecho. A peores condiciones de trabajo, peor salud y más accidentes. La precariedad laboral es un factor de riesgo negativo para la salud. De hecho lo general es que en las empresas la siniestralidad laboral es mayor entre el personal eventual que el fijo, pese a que los trabajadores temporales sean numéricamente menos que los fijos. Un estudio del INSHT de 1992 ya indicaba que los trabajadores temporales sufrían el triple de accidentes que los trabajadores fijos [8]. Estudios relativos al año 2000 y 2001 indicaban que el índice de incidencia de siniestralidad era 2,94 veces superior entre trabajadores temporales que en indefinidos [9]. En 2015, el Departamento de Empresa y Empleo de la Generalitat publicó que la siniestralidad laboral había aumentado en los dos últimos años un 4,3% en trabajadores indefinidos, y un 41,4% entre temporales. Tomemos un ejemplo actual y concreto: en Correos, la mayor empresa pública del Estado, con una plantilla compleja compuesta por funcionarios, laborales fijos y funcionarios, vemos que en 2017 se produjeron 2.837 accidentes laborales, de los cuales 1.213 fueron sufridos por trabajadores temporales, lo que significa el 42,75% del total [10]. Por el contrario, el personal funcionario representaba solo el 14,02% del número total de accidentes.
Hay otros datos que demuestran esta afirmación, como el índice de incidencia de accidentes laborales con baja médica por tramos de edad. Analizando datos siempre vemos que el tramo de edad con más accidentes lo encontramos entre trabajadores de 16-19 años, tanto en hombres como mujeres, y los datos suelen decrecer en otros tramos de edad. Es obvio que la precariedad y temporalidad son mayores entre los más jóvenes. Por tanto, urge mejorar las condiciones de trabajo y conseguir que la estabilidad en el empleo sea un derecho real y efectivo.
Accidentes laborales y sus causas. Sobresfuerzos
No se puede explicar a la fatalidad o a la mala suerte una lacra de tal magnitud. Las empresas y en ocasiones los mismos medios de comunicación describen las causas de los accidentes por “imprudencias”, “errores humanos”, “mala suerte”, “una distracción”, etc. No hay información, y cuando la hay no es crítica, reflexiva, ni exacta. Las pocas noticias aparecidas en los medios son abordadas telegráficamente, como sucesos “desafortunados”, sin invitar a la reflexión, concienciación y sensibilización. Se pasa por alto que los empresarios tienen obligaciones, que deben aplicar rigurosamente la LPRL, y que deben garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. Los accidentes no suelen deberse a un único motivo. Suele haber múltiples causas, y la mayoría son ignoradas: recurso abusivo a las horas extras, subcontratación, temporalidad, trabajo a destajo, tareas mal planificadas, inexistencia o falta de formación en prevención, organización del trabajo inadecuada, falta de medidas preventivas, externalización, ritmos de trabajo agobiantes, escaso tiempo asignado en cada tarea, sensación de apremio en el tiempo, estrés, elevada carga de trabajo, régimen de turnos cambiantes, monotonía, grandes exigencias físicas y mentales, inexistencia de rotaciones en tareas más pesadas, fatiga por jornadas extenuantes, esfuerzos intensos, ambigüedad de roles, etc. Por tanto, ¿imprudencia?, ¿de quién? Los trabajadores no son culpables, sino víctimas de riesgos que derivan de aspectos organizativos del trabajo como expuestos anteriormente. Por el contrario, la patronal suele ser reticente a considerar estos problemas como factores de riesgo. Una sentencia de 1996 del Tribunal de Justicia de la UE establecía que la ordenación del tiempo de trabajo es una cuestión de seguridad y salud en el trabajo. Por tanto, la prevención no debe ceñirse estrictamente a lo material.
No se tienen en cuenta las condiciones de laborales impuestas al trabajador, los ritmos de trabajo asfixiantes que debe soportar ante el riesgo de ser despedido si protesta, y como se está trabajando en unas condiciones que hacen inevitable que se produzcan accidentes. Un trabajador cansado a causa de la elevada carga de trabajo, tiene más probabilidades de sufrir un accidente laboral. Las empresas deben informar de los riesgos, eliminarlos y si no es posible prevenirlos, pero no ocultarlos o ignorarlos. Por tanto, debemos reiterar que los accidentes de trabajo se pueden evitar, pero hace falta voluntad política y empresarial. Detrás de los accidentes se esconde la precariedad laboral, el incumplimiento de normativas de prevención de riesgos laborales, no seguir recomendaciones del INSHT expuestas en las Notas Técnicas de Prevención. Y muy importante, una de las causas de la siniestralidad laboral la encontramos en los sobreesfuerzos debidos a la sobrecarga de trabajo y a ritmos de trabajo extremadamente exigentes. No se suelen publicar demasiados informes al respecto. En el año 2006 se publicó que un tercio de los accidentes laborales se debían al sobreesfuerzos [11]. Debido a la época de referencia conviene hacer un inciso, dado que no hay mentira que se haya repetido tanto en los últimos años como la que asegura: “antes de la crisis todo el mundo tenía trabajo y ganaba mucho dinero, por encima de sus posibilidades”. Este dato referente a 2006 no es el único que desmiente esa mentira. Informes de la OCDE señalan que España fue el único país de la OCDE en el que se redujeron los salarios reales (un 4%) entre 1995 y 2005. Algunos dicen que por entonces “todo el mundo vivía bien”, pero pese a llevar más de una década de crecimiento económico interrumpido éramos el país europeo con mayor siniestralidad laboral, y actualmente seguimos teniendo una tasa superior a la media europea. En lo referente a sobreesfuerzos no se ha mejorado. Si analizamos datos del año 2017, hay registrados 192.029 accidentes laborales causados por sobresfuerzos. Es decir, el 32,18% del total de accidentes con baja. Datos referentes entre enero y septiembre de 2018 indican que se han producido 141.628 Accidentes de Trabajo en jornada y con baja debido a sobresfuerzos. De esta forma los trastornos muscoesqueleticos constituyen actualmente un preocupante problema en la salud de los trabajadores.
Por otro lado, los gobiernos y la patronal suelen lamentarse de que las cifras de siniestralidad laboral hay que tomarlas con cautela por la cantidad de accidentes de trabajo in itinere, es decir los que ocurren cuando el trabajador se dirige al trabajo o vuelve del mismo. Los empresarios suelen lavarse las manos en estos casos, alegando que no se han producido dentro del centro de trabajo o trabajando durante la jornada. Ante este relato, tenemos que señalar que las empresas podrían estimular el uso del transporte público entre los empleados. Podrían tener en cuenta cuando se establecen los horarios las posibilidades que brindan los transportes de la zona, o promover autocares colectivos para empleados, sobre todo en polígonos industriales donde apenas hay transporte público. De esta manera se ayudaría en evitar accidentes in itinere.
Sindicalismo y prevención de riesgos laborales
Un sindicalismo de clase y combativo debe tomarse en serio todas las cuestiones relacionadas con la seguridad y salud de los trabajadores y la prevención de riesgos laborales. Hablamos de algo muy serio dado que los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales causan muertes. Es un problema trágico, pero silencioso, al que debemos prestar máxima atención. Un proyecto sindical serio debe tener entre sus prioridades la prevención de riesgos laborales y la mejora de las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores. Debemos pelear para tener una legislación más favorable, precisa, sin abstracciones y dudas en su interpretación. Aunque una ley y una determinada legislación por sí sola no pueden conseguir erradicar altos niveles de siniestralidad laboral. Durante los primeros años de entrada en vigor de la LPRL la siniestralidad laboral aumentó, pese a incluir numerosas mejoras. Hasta el año 2001 la tendencia no comenzó a invertirse. Aun las mejores de las leyes necesitan secciones sindicales fuertes para conseguir que las empresas las cumplan, y hacer cambiar a algunos empresarios y jefes su actitud frente a la seguridad en el trabajo. La ausencia de las medidas preventivas más básicas suele darse en empresas sin representación sindical y delegados de prevención. Las tablas reivindicativas y en las negociaciones de convenios colectivos se deben exponer peticiones relacionadas con la salud laboral y exigir un aumento de los recursos destinados a la prevención, y planes específicos contra la siniestralidad hasta conseguir cero accidentes y enfermedades profesionales. Hay que luchar no solo por empleo, sino por empleo de calidad, y puestos de trabajo dignos, con derechos, seguros, estables, y socialmente útiles.
Raúl Navas, delegado sindical de CGT y de prevención de riesgos laborales
[1] (2008) “Mejoras sensibles en la siniestralidad mortal”. Editorial ERGA, 102.
[2] Bruque, M. “Muere un operario de 38 años electrocutado en un vagón cisterna en las vías del AVE en construcción en Silla”. El Mundo, 21/11/2018, https://www.elmundo.es/comunidad-valenciana/2018/11/21/5bf5303a268e3e776c8b45b2.html
[3] Soler, J.C. “Dos heridos graves con quemaduras al explotar una máquina textil en Crevillente”. ABC, 13/11/2018, https://www.abc.es/espana/comunidad-valenciana/abci-heridos-graves-quemaduras-explotar-maquina-textil-crevillente-201811131928_noticia.html
[4] Torres, M. “Cuatro trabajadores sufren la amputación de manos y dedos en un accidente en Valencia”. El País, 2/10/2018, https://elpais.com/ccaa/2018/10/01/valencia/1538386830_964264.html
[5] “La muerte de un trabajador en Meco eleva a 55 los accidentes laborales mortales este año en la Comunidad”. El País, 21/09/2018, https://elpais.com/ccaa/2018/09/21/madrid/1537538668_108449.html
[6] Barroso, F.J. “Dos trabajadores mueren en sendos accidentes laborales”. El País, 29/11/2017, https://elpais.com/ccaa/2017/11/29/madrid/1511976583_253823.html
[7] Salvatierra, J. “La siniestralidad laboral aumenta con la recuperación”. El País, 22/08/2016. https://elpais.com/economia/2016/08/21/actualidad/1471780912_711738.html
[8] Castejón, E. (1992) “Accidentalidad laboral en España: algunos resultados de la explotación del nuevo parte de accidente de trabajo”. Salud y trabajo, 90.
[9] (2006) “La precariedad como causa de la siniestralidad: un mito se clarifica”. Editorial ERGA, 94.
[10] Datos facilitados por el gobierno tras una pregunta parlamentaria realizada por Unidos Podemos.
[11] Abellán, Lucia. “Un tercio de los accidentes de trabajo se produce por sobreesfuerzo o estrés”. El País, 17/06/2006, https://elpais.com/diario/2006/06/17/economia/1150495217_850215.html
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