14 dic 2012

SIN DEFENSA LEGAL NO HAY JUSTICIA


PARALIZACIÓN INMEDIATA DE LAS EJECUCIONES HIPOTECARIAS EN LAS QUE EL AFECTADO CARECE DE ABOGADO.
La ejecución hipotecaria en España representa una amenaza sobre los derechos y la
dignidad de miles de personas cuyos efectos pueden durar décadas, el resto de su vida, e incluso, de la vida de sus descendientes. La subasta de la vivienda familiar, la generación de deudas impagables y el desahucio sin alternativa habitacional, constituyen la intervención más agresiva del sistema judicial sobre la dignidad de la persona, sólo superada por el ingreso en prisión.
La deuda que se genera en la ejecución hipotecaria alcanza cuantías desproporcionadas imposibles de pagar durante una generación. El deudor hipotecario queda condenado al ostracismo socioeconómico prácticamente de por vida, no existiendo posibilidad real de reinserción sin deudas en la vida civil.
En los casos de desahucio sin alojamiento alternativo, la ejecución hipotecaria constituye una violación del artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos así como del artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Ecónomicos, Sociales y Culturales. La práctica cotidiana de los desahucios, en los que no se contempla ninguna medida de protección del derecho a la vivienda, es manifiestamente ilegal porque:
- Se deniegan las peticiones de suspensión incluso en los casos en que no existe alternativa habitacional o se alegan motivos humanitarios.
- Se deniega la suspensión aunque se esté en proceso de asignación de Letrado de
Oficio para las personas sin recursos.
- No existe un servicio de información adecuado para las personas amenazadas de
desahucio, en claro contraste con los servicios jurídicos que disfrutan las entidades
financieras que se quedan con las casas.
- Se recaba el auxilio policial en la ejecución de los desahucios, para dificultar la
prestación de auxilio popular hacia los desahuciados por parte de personas defensoras de los Derechos Humanos.
En todos aquellos casos en que el afectado no haya contado con recursos legales efectivos para defenderse frente a la entidad bancaria, se ha vulnerado el artículo 10 de la Declaración Universal que afirma: “toda persona tiene derecho, en condiciones de igualdad, a ser oído públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.”
Al ser la ejecución hipotecaria un proceso de consecuencias prácticamente irreparables en la dignidad de la persona, conforme se desprende de la legislación internacional, es obligada la asistencia letrada para todo desahuciado, al menos en los casos de vivienda habitual.
Desde un punto de vista práctico, no contar con Asistencia Jurídica supone:
- No impugnar los intereses de demora abusivos que imponen las entidades
financieras, generalmente entre el 15% y el 30% de la cuantía pendiente de pago,
consolidándose deudas millonarias sólo por este concepto.
- No impugnar las costas excesivas (entre 15.000 y 30.000 €), que endosan a
la persona desahuciada los procuradores y abogados de las entidades financieras por cada ejecución hipotecaria.
- Carecer de una revisión experta del contrato hipotecario que a menudo incluye
cláusulas abusivas (cláusulas suelo, comisiones artificiales, etc.).
- Imposibilidad de examinar las condiciones de contratación de la hipoteca,
cuándo intervienen inmobiliarias y gestores de hipotecas con prácticas ilícitas como los
avales cruzados, encadenados, sobretasación, comisiones usurarias, etc.
Los Juzgados de Madrid capital, hasta dónde tenemos conocimiento, tramitan las
ejecuciones hipotecarias sin advertir a los ejecutados de los cauces para solicitar defensa letrada. Es probable que una persona que es desahuciada por impago de hipoteca, no cuente con medios para contratar un abogado particular, sin embargo, esta evidencia no ha impedido que los Juzgados tramiten con indiferencia centenares de expulsiones del hogar familiar sin que ningún abogado asista a la familia.
Esta situación, tolerada desde hace años, contiene elementos suficientes para entender vulnerados el artículo 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 24 de la Constitución.
Se encadena esta situación a lo anunciado ya por la abogada general del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea sobre la probable vulneración de la tutela judicial efectiva en la ejecución hipotecaria española.
En consecuencia, denunciamos una doble vulneración de derechos humanos en todas las ejecuciones hipotecarias sobre vivienda habitual en las que no se haya contado con defensa letrada, y RECLAMAMOS a los Juzgados de todo el Estado y en especial a los de Madrid capital:
1.- La suspensión de todo proceso de ejecución hipotecaria hasta que se determine si se trata de la única vivienda del afectado y se ponga a su disposición un Abogado de Oficio, salvo rechazo expreso del afectado, que revise las condiciones de contratación, las cláusulas del préstamo, los intereses de demora aplicados, así como cualquier circunstancia del contrato o del procedimiento que pueda ser considerada ilegal.
2.- El establecimiento de un sistema de “advertencia expresa” y “asignación de oficio de Defensa Letrada”, en cumplimiento con la Declaración Universal de Derechos Humanos, en todos los casos de ejecución hipotecaria sobre vivienda habitual.
3.- Hacer públicos los datos sobre el número de ejecuciones hipotecarias sin asistencia letrada llevadas a cabo sobre vivienda habitual desde 2007.
Mientras no se adopten estas medidas, apoyamos LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA de los funcionarios públicos ante a ejecuciones hipotecarias y desahucios en los que se viola la tutela judicial efectiva, el derecho a una vivienda digna, o ambas cosas a la vez.
Recientemente se ha constituido una Comisión de la Verdad y Contra la Impunidad dentro de la PAH-Madrid, para la documentación y denuncia de las violaciones de derechos humanos producidas por la estafa hipotecaria y los desalojos forzosos.

CONCENTRACIÓN Y PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES DE SUSPENSIÓN
VIERNES 21 DE DICIEMBRE DE 11:00 A 14:00 EN CAPITÁN HAYA Nº 66, FRENTE A LOS JUZGADOS HIPOTECARIOS DE MADRID
PLATAFORMA DE AFECTADOS POR LA HIPOTECA DE MADRID
- COMISIÓN DE LUCHA POR LA VERDAD Y CONTRA LA IMPUNIDAD
- ASOCIACIÓN LIBRE DE ABOGADOS (A.L.A.)
- FEDERACIÓN REGIONAL DE ASOCIACIONES VECINALES DE MADRID (FRAVM)
- COMISIÓN LEGAL SOL
- CENTRO DE ASESORÍA Y ESTUDIOS SOCIALES (CAES)


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