Flexibiliza el contrato a tiempo parcial, para que el empresario tenga casi total disponibilidad sobre el horario del trabajador. Se refuerza el control de las empresas en la gestión de las bajas médicas, y otras medidas en la línea de lo exigido estos meses atrás por Europa, el FMI, etc.
Fue anunciada ayer (20-XII-13) por la Ministra del desempleo y la precarización, Fátima Báñez, tras ser aprobada por el Consejo de Ministros.
Con la nueva regulación del contrato a tiempo parcial, las empresas podrán disponer de los trabajadores con plena libertad. No podrán hacer horas extraordinarias -al menos no bajo esa acepción-, pero estas se sustituyen por las llamadas horas complementarias, que podrán hacer los trabajadores que estén contratados para realizar al menos diez horas semanales de promedio anual, de forma temporal o indefinida.
Habrá dos tipos de horas complementarias. Por un lado, las pactadas, es decir, las consensuadas entre empresa y empleados. En este caso, podrán suponer un máximo del 30% de la jornada pactada con el trabajador, un porcentaje que podrá ampliarse hasta el 60% si así lo contemplan los convenios. Los empresarios tendrán que dar un preaviso a los trabajadores para que realicen estas horas, sin embargo, este plazo previo se reduce de 7 a 3 días. Empleo asegura que es una forma de "agilizar" la organización de las empresas.Pero habrá también horas complementarias "voluntarias", sin preaviso mínimo, lo que quiere decir que un empresario puede requerir a un trabajador el mismo día para que se quede en su puesto de trabajo durante más horas. El Ministerio señala que el trabajador siempre podrá negarse y que la empresa no podrá penalizarle por ello, con lo que no está claro el efecto final de esta medida. Este tipo de horas voluntarias solo podrán realizarse si se trata de contratos indefinidos a tiempo parcial. No podrán superar el 15% de la jornada laboral, ampliable hasta el 30% en los convenios colectivos.
Con estas modificaciones, un trabajador a tiempo parcial podría hacer una jornada de hasta el 90% de una jornada laboral ordinaria a tiempo completo en algunas ocasiones (pese a estar contratado oficialmente para un número de horas parciales). Fuentes del Ministerio señalan que se reforzará la inspección de trabajo para evitar el fraude, de forma que las empresas tengan que dejar constancia diariamente y por escrito de la jornada que lleva a cabo cada trabajador.
Otro empujón para este tipo de contratación: el contrato de emprendedores que introdujo la reforma laboral (con un año de prueba y despido libre) y fuertemente bonificado podrá registrarse ahora también a tiempo parcial (hasta ahora eran solo a tiempo completo).
En definitiva, un nuevo contrato a tiempo parcial de carácter supuestamente indefinido tendrá un despido libre de un año y abre la puerta a la disponibilidad total del trabajador para la empresa.
El Ejecutivo introduce además cambios que fortalecen el poder de las mutuas, las organizaciones creadas con las contribuciones de los empresarios y que de hecho forman parte de la patronal. Como hasta ahora, las mutuas podrán proponer el alta del trabajador al sistema público de salud. Pero, con el modelo actual el médico tenía quince días para responder y, si no lo hacía, se entendía que la propuesta de alta se rechazaba. Eso cambia: tendrá que contestar en cinco días y, en caso de silencio, se le dará el alta al trabajador.
Ver un análisis completo de la nueva vuelta de tuerca a la reforma laboral en:
http://laboro-spain.blogspot.com.es/2013/12/avance-segunda-reforma-laboral-pp.html
http://www.kaosenlared.net/especiales/e/tijeretazos-y-recortes-sociales/item/76645-aprobada-la-segunda-reforma-laboral-el-gobierno-profundiza-la-apuesta-por-la-precarización-y-el-control-de-las-mutuas-sobre-las-bajas.html
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